- La cuantía aumenta este año de 12.000 a 15.000 euros y ya está abierto el plazo de presentación de solicitudes.
El Ayuntamiento de Pamplona ha abierto el plazo de presentación de solicitudes para la convocatoria de subvenciones destinadas a la concesión de prestaciones económicas a familias con menores de 0 a 12 años a su cargo, o hasta 16 años si presentan algún tipo de discapacidad (igual o superior al 33%), a fin de que puedan compatibilizar sus responsabilidades familiares, sociales y laborales. La cuantía de la convocatoria se ha incrementado en un 25%, pasando de 12.000 a 15.000 euros. Las solicitudes se pueden presentar durante toda la vigencia de la convocatoria, es decir, a lo largo de todo el año 2021.
Se trata de subvencionar la conciliación de la vida laboral, social y familiar de padres, madres y/o tutores legales ante la imposibilidad de atención a los menores debido a situaciones relacionadas con la actividad laboral de sus responsables; ante la imposibilidad de atención motivada por la realización de actividades formativas y/o de promoción socio-laboral cuyo objetivo principal sea, bien mejorar el nivel de empleabilidad de padres, madres y/o tutores de cara a acceder a un empleo, o bien avanzar en el itinerario de incorporación social previamente consensuado con un servicio social municipal cuya función principal sea mejorar la inserción social de las familias.
Asimismo, se facilitará la conciliación en casos de concurrencia en una misma persona de la doble condición de cuidadora, al mismo tiempo, de personas adultas o mayores dependientes y de menores (no habiendo posibilidades de compartir dichas responsabilidades con otra persona adulta con autonomía personal suficiente dentro del hogar); o como recurso preventivo y de protección para el menor en situaciones de posible riesgo o desprotección infantil.
La valoración de la concurrencia de las situaciones mencionadas atenderá a factores como la insuficiencia de plazas en la red de Escuelas Infantiles públicas; la posibilidad de atención a los menores en el domicilio; la necesidad de apoyo en los desplazamientos de los menores a centros escolares; o la necesidad de hacer uso de otro tipo de servicios de atención a los menores por incompatibilidad entre los horarios escolares y los horarios laborales o de las actividades socio-formativas de sus responsables (incluyendo en estos los períodos vacacionales).
Gastos subvencionables
A efectos de esta convocatoria se consideran subvencionables los gastos derivados de diferentes situaciones, según la edad de los menores destinatarios. En el caso de la atención de 0 a 3 años, se otorgarán ayudas económicas para facilitar el coste de la atención diurna en guarderías privadas, en horarios que permitan la conciliación de la vida familiar y sociolaboral. También se incluye la atención del menor en el domicilio. En los casos en los que no sea posible dar respuesta a la necesidad planteada desde una escuela
infantil o una guardería, se podrá apoyar el cuidado del niño o de la niña en edades comprendidas entre las 16 semanas de vida y hasta su incorporación al centro escolar en el ciclo de Educación Infantil (3 años).
En la atención a menores de 3 a 12 años y/o menores hasta 16 años con discapacidad, se subvencionara su atención en el domicilio hasta la incorporación del menor al aula matutina, si la hubiera, o al colegio en periodo escolar, y/o hasta la incorporación al Servicio de Conciliación correspondiente en períodos vacacionales; desde la salida del menor del colegio o aula vespertina, si la hubiera, o del Servicio de Conciliación correspondiente en períodos vacacionales, hasta la llegada al domicilio de las personas responsables; o los fines de semana o festivos, cuando las personas adultas responsables trabajen y por tanto, no se encuentren en el domicilio, y no exista red de apoyo natural.
Se incluyen también ayudas económicas para el pago de servicios comunitarios de atención matutina o vespertina. Tienen por objeto proporcionar un apoyo económico que contribuya a costear un recurso de conciliación familiar y sociolaboral complementario, ante la incompatibilidad de los horarios que ofrecen los centros de educación y los horarios laborales de padres, madres y/o responsables. Al objeto de que no se produzcan situaciones en las que el menor permanezca más de 8 horas diarias sin contacto con su familia, en ningún caso podrá hacerse uso de forma consecutiva de los servicios de atención matutina y vespertina.
Requisitos para concurrir y baremos
Pueden concurrir a esta convocatoria quienes tengan vecindad efectiva y empadronamiento con un mínimo de 6 meses de antigüedad en Pamplona, excepto situaciones de riesgo o desprotección y menores procedentes de procesos de reagrupación familiar. Para determinar el número de miembros del núcleo familiar se tendrá en cuenta el número de miembros de la misma en la fecha de la realización de la solicitud. Asimismo, deben ser padres, madres o tutores legales de menores hasta los 12 años inclusive, o hasta los 16 en caso de tener algún tipo de discapacidad igual o superior al 33%.
Otros requisitos establecen la necesidad de carecer de medios económicos propios superiores a los establecidos en la convocatoria, así como de apoyo familiar con el que hacer frente a la situación; presentar la documentación que se le requiera desde los servicios sociales municipales; y, en el caso de ayudas para guarderías privadas, las familias deberán solicitar plaza en una Escuela Infantil Pública en el plazo anual correspondiente.
El porcentaje subvencionado se aplicará sobre el coste del servicio y/o sobre la cuantía máxima subvencionable. Las bases de la convocatoria establecen cuatro tramos de subvención, en función al número de miembros y a los ingresos anuales del núcleo familias. Los porcentajes de subvención oscilan entre el 25 y el 90%. La subvención se establece para todos los supuestos de ayuda para el pago de guarderías sobre la cantidad de 300 euros al mes como máximo, sobre la cantidad de 300 euros al mes como máximo. Para todos los supuestos de atención domiciliaria la subvención se calculará aplicando el porcentaje al que tuviera derecho sobre la cantidad máxima de 400 euros al mes.
Enlace a la noticia original.
Fuente: Ayto. de Pamplona.