El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) considera que la nueva instrucción de la Junta Electoral Central (JEC) sobre el voto de personas con discapacidad, que revisa una anterior que causó gran rechazo, no resuelve todas las dudas planteadas en términos de plena neutralidad para los votantes con discapacidad.
Aunque el texto de la Instrucción revisada corrige aspectos de la anterior interpretación en el sentido de lo expuesto desde el sector de la discapacidad, no termina de eliminar todas las cuestiones controvertidas, por lo que resulta insuficiente.
Si bien la admisión del voto por parte de todas las personas inscritas en el censo, con independencia de sus circunstancias, sigue siendo obligatoria para la mesa electoral, el mantenimiento de la previsión de que se pueda alertar si se considera que el emisor del voto no ha actuado voluntaria, libre y conscientemente, aunque ahora se refiere a cualquier votante, presente o no discapacidad, perturba y empaña el categórico mandato de la reciente reforma electoral.
Expresar esta eventualidad, que es genérica para todos los votantes, evitando el señalamiento específico de las personas con discapacidad del que adolecía la anterior, en una Instrucción que está dedicada a criterios interpretativos del derecho de sufragio de votantes con discapacidad, da pie a ambigüedades y confusiones negativas para la imagen de las personas con discapacidad.
El CERMI solicita a la JEC que vaya más allá y revise el nuevo texto, suprimiendo íntegro el párrafo segundo del apartado segundo de la nueva Instrucción, que es el que continúa manteniendo la confusión que hay que evitar.
Fuente: CERMI