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Herramientas de accesibilidad

Hombre caminando con andador por una rampa. La rampa está al lado de una escalera.

Un informe medirá el impacto real de la normativa foral en materia de accesibilidad y discapacidad

  • Las instrucciones para elaborarlo han sido aprobadas hoy por el Gobierno de Navarra, concretando así uno de los compromisos adquiridos por el Ejecutivo en el Plan de Accesibilidad Universal 2021.

 

El Gobierno de Navarra ha adoptado, en su sesión de hoy, un acuerdo por el que se aprueban las instrucciones para la elaboración del informe de impacto en materia de accesibilidad y discapacidad que se integrará en el expediente de los anteproyectos de leyes forales y en los proyectos de disposiciones reglamentarias, en cumplimiento de la Ley Foral 12/2018, de Accesibilidad Universal.

Este informe ha de reflejar el análisis sobre los resultados y efectos de las normas en la vida de las personas con discapacidad, con el objetivo de identificar, prevenir, reducir y evitar desigualdades entre personas.

El objetivo de estas instrucciones es definir las características con las que debe cumplir este documento y servir como herramienta de apoyo para facilitar a los distintos departamentos la elaboración de dicho documento.

Aspectos que recoge el informe

Las instrucciones estipulan que el informe de impacto recogerá de forma razonada y justificada los efectos que el contenido de la norma, de ser aprobada, tendrá sobre la igualdad de oportunidades y la participación e inclusión plena y efectiva en la sociedad de las personas con discapacidad.

En este sentido, el documento deberá recoger tres bloques: la situación de partida, la previsión de resultados, y la valoración del impacto sobre las personas con discapacidad y sobre la igualdad de oportunidades entre personas con y sin discapacidad.

En el caso de que el impacto de la norma sea negativo en materia de accesibilidad y discapacidad, la norma deberá ser revisada y se deberán introducir las correcciones que hagan que su impacto sea positivo. En esta situación deberá igualmente recoger recomendaciones para mejorar sus resultados de aplicación, en relación con la igualdad de oportunidades y la prevención de impactos negativos.

Además, este debe tener en cuenta a las personas a las que va dirigida la norma y los beneficios que esta quiere producir. Así como los perjuicios previsibles que producirá la norma para las personas en situación de discapacidad si no se han tenido en cuenta sus circunstancias.

Hombre con andador por una rampa al lado de una escalera
Hombre con andador por una rampa al lado de una escalera

Plan de Accesibilidad Universal 2021

Tener dificultades para acceder a un lugar, utilizar un servicio, a la hora de relacionarse o, simplemente, situarse en un entorno determinado, o incluso no poder hacerlo, por falta o insuficiencia en las medidas de accesibilidad universal hace que un gran número de personas en situación de discapacidad no pueda interactuar en una sociedad en la que contribuyen de igual manera que las personas que no se encuentran en esa situación. Por ello, los derechos de las personas con discapacidad se ven vulnerados al no tener las mismas oportunidades.

Debido a esto, las normas deben garantizar la igualdad de oportunidades y promover un entorno igualitario y no discriminatorio para todas las personas, algo que solo es posible si en su elaboración se evalúa en qué medida las mismas pueden contribuir a la accesibilidad universal.

En Navarra, el artículo 8 de la Ley Foral 12/2018, de 14 de junio, de Accesibilidad Universal, establece que en los procedimientos de aprobación de los proyectos de leyes forales y de disposiciones reglamentarias se incluirá de manera obligatoria un informe sobre el impacto por razón de accesibilidad y discapacidad de las medidas que se establezcan en las mismas.

El Ejecutivo avanza así en el cumplimiento del Plan Operativo de Accesibilidad Universal 2021, aprobado el pasado 30 de junio de 2021 y que contemplaba esta acción como una de las 85 medidas para fomentar la accesibilidad e inclusión social.

A nivel mundial, La Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, aprobada el 13 de diciembre de 2006 por la Asamblea General de las Naciones Unidas, reforzó la consideración de las personas con discapacidad como sujetos titulares de derechos que los poderes públicos han de garantizar, de manera que el ejercicio de esos derechos sea pleno y efectivo, de forma que puedan alcanzar la igualdad de oportunidades con respecto al conjunto de la ciudadanía.

En el mismo sentido, la Estrategia europea sobre discapacidad 2010-2020 se aprobó para capacitar a las personas con discapacidad para que puedan disfrutar plenamente de sus derechos y participar en la sociedad y la economía en igualdad de condiciones.

Enlace a la noticia original.

Fuente: Gobierno de Navarra.