- Entre las medidas aprobadas, se mantiene el 0% de IVA para productos sanitarios cuyos destinatarios sean entidades sin ánimo de lucro.
El Gobierno de Navarra ha aprobado en su sesión de hoy un Decreto Ley Foral que contempla una serie de medidas en materia fiscal destinadas a responder a la incidencia del COVID-19 en el ámbito de las actividades económicas, a fin de paliar parcialmente los problemas financieros de pymes y autónomos.
Entre las cuestiones que recoge se establece el aplazamiento excepcional de deudas tributarias derivadas de autoliquidaciones cuyo plazo de presentación e ingreso en periodo voluntario finalice entre el 1 de enero y el 30 de abril de 2021.
La duración del aplazamiento será de 7 meses, sin intereses, de los cuales los tres primeros meses serán periodo de carencia de pago.
Asimismo, se exonera a los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) que ejerzan actividades económicas de la obligación de realizar el pago fraccionado correspondiente al cuarto trimestre de 2020.
Además, el decreto contempla la reducción de 6 a 3 meses en los plazos establecidos en el Impuesto Sobre Sociedades y en el IRPF para la deducción de determinadas pérdidas por posibles insolvencias. Del mismo modo, se reduce a tres meses el plazo para que las cantidades adeudadas por los arrendatarios tengan la consideración de saldo de dudoso cobro.
Por último, se establece un incentivo fiscal para las personas físicas que alquilan los locales en los que se desarrollan determinadas actividades económicas vinculadas al sector turístico, la hostelería y el comercio, y hayan acordado voluntariamente una rebaja en el alquiler correspondiente a los meses de enero, febrero y marzo de 2021. En tal caso, se permitirá computar dicha rebaja como gasto deducible para el cálculo del rendimiento del capital inmobiliario.
Armonización tributaria del IVA
De igual modo, el Gobierno de Navarra ha aprobado en su sesión de hoy un Decreto Foral Legislativo por el que se modifica la Ley Foral 19/1992, de 30 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).
El objetivo de este DFL es dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 32 del Convenio Económico entre el Estado y la Comunidad Foral de Navarra, en virtud del cual, en lo relativo al Impuesto sobre el Valor Añadido, la Comunidad Foral de Navarra aplicará los mismos principios básicos, normas sustantivas y formales vigentes en cada momento en el territorio del Estado.
Entre lo más significativo de este decreto, se excluye de la aplicación del tipo impositivo del 10%, pasando al 21%, a las entregas, adquisiciones intracomunitarias o importaciones de bebidas refrescantes, zumos y gaseosas con azúcares o edulcorantes añadidos.
Además, se prorroga hasta el 30 de abril de 2021 la aplicación del tipo impositivo del 0% a las entregas interiores, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de material sanitario para combatir el COVID-19, cuyos destinatarios sean entidades públicas, sin ánimo de lucro y centros hospitalarios. Hasta el pasado 31 de octubre de 2020, esta cuestión estuvo regulada en el Decreto-Ley Foral 4/2020, de 29 de abril, por el que se aprueban medidas urgentes para responder al impacto generado por la crisis sanitaria del coronavirus y el Decreto-Ley Foral 8/2020, de 17 de agosto, por el que se aprueban en la Comunidad Foral de Navarra medidas extraordinarias para responder ante la situación de especial riesgo derivada del incremento de casos positivos por COVID-19.
Por otra parte, con efectos desde el 19 de noviembre de 2020 y vigencia hasta el 31 de diciembre de 2021, se rebaja del 21 al 4%, el tipo impositivo del IVA aplicable a las mascarillas quirúrgicas desechables cuyos destinatarios sean distintos de los antes mencionados.
Por último, desde el 24 de diciembre de 2020 y con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2022, se establece la aplicación del 0% del IVA a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de las vacunas y de los productos sanitarios para diagnóstico in vitro del COVID-19, así como a los servicios de transporte, almacenamiento y distribución de estos productos.
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Fuente: Gobierno de Navarra.