- Se faculta un nuevo marco normativo propio adaptado a la perspectiva de género, a las nuevas estrategias de inclusión y accesibilidad y a las exigencias de la sociedad digital.
La Comisión de Derechos Sociales aprobó ayer el dictamen en relación con el proyecto de la Ley Foral de atención a las personas con discapacidad en Navarra y garantía de sus derechos. El texto faculta un marco normativo propio con perspectiva de género, abierto a los nuevos enfoques de inclusión y accesibilidad, así como a los requerimientos de la sociedad digital, todo ello en un escenario demográfico tendente al envejecimiento de la población.
El proyecto de Ley pretende adaptar la legislación foral a la Convención Internacional sobre los derechos de las personas con discapacidad para seguir avanzando en la consecución de una sociedad más inclusiva y accesible, que garantice la autonomía, evite la discriminación y favorezca la igualdad de oportunidades, en particular de las personas mayores, con limitaciones o sujetas a dificultades temporales en su relación con el entorno.
Sobre el proyecto de Ley Foral de Discapacidad
Este proyecto de Ley está en sintonía con el Plan de Discapacidad de Navarra 2019-25, que se elaboró a partir de la Estrategia europea 2010-20 (ahora 2021-30) e integraba los objetivos de la Convención de las Naciones Unidas. De este modo, y superado el modelo asistencial, se promueve la accesibilidad universal desde una óptica transversal. El objetivo es que la participación sea un hecho en todos los ámbitos sociales, especialmente en los que atañen a sanidad, derechos y servicios sociales, educación, vivienda, empleo, cultura, turismo, deporte y actividades de ocio.
A tal fin, para hacer efectivo el derecho a la libre toma de decisiones —principio sobre el que descansan la autonomía personal y la participación en sociedad—, se promueve el reconocimiento de la capacidad jurídica para establecer un sistema de protección y apoyos que facilite el ejercicio de la capacidad legal indispensable para vivir de forma independiente, conforme a la más reciente normativa internacional, europea y estatal.
En ese sentido y de acuerdo con la regla del diseño universal, se alude a la provisión de información y modelos de consentimiento en formatos adecuados y comprensibles (especial mención a los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles de los organismos públicos), así como a un acceso sin barreras a entornos, procesos, productos, bienes y servicios.
Sobre la regulación de las condiciones básicas
La regulación de las condiciones básicas compete al Estado, pero Navarra y sus Entidades Locales podrán mejorar o incrementar ese marco añadiendo nuevos ámbitos de aplicación no contemplados en la Ley Foral 12/2018 (sanidad, protección social, servicios sociales y cooperación al desarrollo).
Todo ello desde la constatación de que el número de personas con discapacidad u otras limitaciones va a aumentar de manera significativa con el envejecimiento de la población y el incremento de la esperanza de vida. A ese respecto y según datos del Observatorio de la Realidad Social, se estima que la tasa de dependencia alcanzará en 2035 el 65,8%.
Una Ley universal y transversal
Por partes, el proyecto de Ley parte de un concepto de persona con discapacidad que, superado el enfoque biomédico, atiende al criterio social, que exige intervenciones en el resto de ámbitos. Otro tanto sucede en el terreno de la autonomía y no discriminación, donde se formulan una serie de medidas de acción positiva para, más allá de la igualdad formal, impulsar un cambio de valores.
Entre las aportaciones agregadas al dictamen constan una serie de recomendaciones del Cermin, por ejemplo:
- Asegurar la supresión de barreras en la comunicación, entre otros emitiendo en lectura fácil y otros formatos (accesibles y comprensibles) las resoluciones de reconocimiento de la discapacidad.
- Garantizar la coordinación entre los diferentes niveles de atención sanitaria, previendo también, cuando resulte preciso, las derivaciones a otras CCAA.
- Posibilitar que las personas usuarias de servicios puedan estar acompañadas de animales de compañía.
- Completar el mobiliario urbano con contenedores accesibles.
Perspectiva de género
La Ley también tiene en cuenta la perspectiva de género, en este caso asociada, entre otros, a la lucha contra la violencia hacia las mujeres. Todos los centros y servicios destinados a la atención a las víctimas serán “plenamente accesibles”. En este campo y desde una óptica preventiva, se abordan cuestiones capitales como la desinstitucionalización, la asistencia personal, los itinerarios de intervención o la teleasistencia.
El texto remitido por el Gobierno se ocupa también de precisar los requerimientos de la educación inclusiva, tanto en el ámbito no universitario como en el universitario.
Salud y educación
En el capítulo sanitario, se han introducido una serie de precisiones y cautelas para salvaguardar la coordinación con las familias en los casos de atención temprana a los menores entre 0 y 6 años; comprometer la integración de las historias social y sanitaria y el acceso a ellas de los profesionales de todos los centros sociosanitarios; y ampliar recursos y programas en la estrategia de envejecimiento activo que establezca el Plan de Salud —que tendrá en cuenta los distintos tipos de discapacidad e incluirá protocolos para la detección de situaciones de maltrato.
Las respuestas a situaciones de emergencia o necesidad social recaerán, además de en la central del servicio de Teleasistencia, en servicios públicos como los dependientes del sistema de salud u otros.
En consonancia con lo anterior, se prevé una atención educativa personalizada al alumnado con discapacidad que cause baja por motivos de salud (hospitalización o estancia domiciliaria). El Departamento de Educación contará con un centro de atención y recursos de referencia para toda Navarra, y elaborará y actualizará de un Plan de Atención a la Diversidad.
Medios de comunicación y participación
Respecto a los medios de comunicación, se establece el deber de incorporar de “inmediatamente” los avances y sistemas que favorezcan el acceso y la comprensibilidad. En el caso de los medios audiovisuales se habla de sistemas de “autodescripción, subtitulación e interpretación de la lengua de signos”. Esto enlaza con lo dispuesto para la propia Ley, que se ofrecerá en formato de lectura fácil, braille, lenguas de signos, letra ampliada y/o cualquier otro que haga su texto accesible a todas las personas.
Por otra parte y en lo concerniente a la participación, se atribuye al Consejo Navarro de Discapacidad las funciones vinculadas al desarrollo y cumplimiento de esta Ley, sin menoscabo del Consejo para la Promoción de la Accesibilidad Universal y de la Igualdad de Oportunidades, que se mantiene centrado en la accesibilidad, en la supresión de barreras materiales e inmateriales.
Empleo
En cuestión de empleo, se encarga a la Administración Foral la elaboración de un diagnóstico sobre la situación laboral de las personas con discapacidad. En lo relativo a los Centros Ocupacionales, esto se traduce en la dotación de plazas suficientes, diversificadas, bien distribuidas territorialmente y sujetas a los convenios de colaboración precisos con las entidades prestadoras de esos servicios.
A tal fin, el Departamento de Derechos Sociales constituirá un grupo de trabajo encargado de definir perfiles, programas, ratios y tipo de profesionales que se requieren en los centros ocupacionales. En estos centros también se potenciarán los planes de envejecimiento activo, en el marco de la estrategia que establezca el Plan de Salud.
Desinstitucionalización
En cualquier caso, las labores de diagnóstico y planificación trascenderán el ámbito laboral y, con carácter general, se ocuparán de la creación de servicios y recursos suficientes para posibilitar la permanencia de las personas con discapacidad en sus hogares o entornos más próximos, materializándose así la desinstitucionalización. Las entidades locales podrán recabar el apoyo del Departamento competente para elaborar sus propios planes.
En ese sentido, se hace constar que, “siempre que sea posible”, la atención sanitaria incluirá iniciativas públicas para la rehabilitación domiciliaria, para lo cual habrán de habilitarse los recursos humanos y económicos suficientes.
Reformas legislativas
Lo dispuesto en el proyecto de Ley alcanza también a la Ley Foral 15/2016, cuya modificación se proyecta para ajustar la legislación foral de la Renta Garantizada a la normativa estatal del Ingreso Mínimo Vital (IMV). A su vez, se reforma la Ley Foral 16/2006 del Juego para adecuarla a la normativa existente en materia de discapacidad, en concreto para excluir de la práctica y acceso a los establecimientos de juegos y apuestas a “quienes por decisión judicial así se haya establecido”.
Administraciones públicas, operadores jurídicos y orden fiscal
En cuestión de formación, se promoverá la capacitación precisa en tema de derechos y prestación de apoyo a personas con discapacidad, tanto entre en el personal de las Administraciones públicas como entre los distintos operadores jurídicos.
En el orden fiscal, se compromete a la Administración a adoptar medidas tributarias para compensar a las personas con discapacidad y sus familias, “con criterios de progresividad”, por los sobrecostes que implica su discapacidad.
Ámbito de aplicación
Respecto al ámbito de aplicación, se acuerda dar margen al Departamento de Derechos Sociales para actuar en los supuestos “excepcionales en los que no habiendo empadronamiento, requisito para acceder a los servicios sociales, sí conste arraigo familiar”.
Para lograr la plena ejecución de esta Ley se considera “fundamental” contar con la colaboración de las entidades de la discapacidad. El desarrollo reglamentario de la Ley deberá estar concluido en el plazo de un año.
Proceso de aprobación de la Ley
Durante el debate efectuado en Comisión se debatieron y votaron 77 enmiendas (13 in voce), de las que se aprobaron 40: 12 presentadas por Navarra Suma, 11 por PSN y Geroa Bai, 6 por Geroa Bai, 5 por EH Bildu y otras 6 en diferentes combinaciones.
Una vez dictaminada, el proyecto de Ley será elevado a Pleno, previsiblemente el día 17 de noviembre, para su definitivo debate y votación.
A la sesión, presidida por Arantza Biurrun (G.P. PSN), asistieron además Maribel García Malo, Alberto Bonilla, Jorge Esparza, Raquel Garbayo, Ángel Ansa, Iñaki Iriarte (G.P. Navarra Suma), Nuria Medina, Javier Lecumberri (G.P. PSN), Isabel Aranburu, Blanca Regúlez, (G.P. Geroa Bai), Patricia Perales, Arantxa Izurdiaga (G.P. EH Bildu), Mikel Buil (A.P.F. Podemos-Ahal Dugu) y Marisa de Simón (G.P. Mixto-Izquierda-Ezkerra).
- Publicación del proyecto de Ley Foral (BOPN, nº 98, de 09-09-2022).
- Publicación de las enmiendas (BOPN, nº 115, de 17-10-2022).
Fuente: Parlamento de Navarra